Código Civil para el Estado de Quintana Roo.
Decreto 260 (7 sep. 2026), se reforman los arts. 3156 (rúbrica), 3157, 3158, el párrafo primero de 3160, 3164, 3166, los párrafos tercero y cuarto de 3168 y el párrafo primero de 3171; se adicionan 3158 Bis, Ter, Quater y Quinquies, y las Secciones Primera “De la Institución”, Segunda “Del Sistema Inmobiliario de Quintana Roo” y Tercera “De los Efectos del Registro”; se deroga 3165. Efecto: el Registro Público de la Propiedad y del Comercio pasa a ser órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobierno, con autonomía técnica, funcional, de gestión y ejecución; se crea/ordena el Sistema Inmobiliario y los efectos registrales. La reforma no se limita a los arts. mostrados: incluye 1437, 3158, 3161, 3188, 3207, entre otros.