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Registro digital 2032862 · Jurisprudencia · 12a. Época · P./J. 216/2026 (12a.) · Pleno

SUSPENSIÓN PROVISIONAL. DEBE NEGARSE CONTRA EL SISTEMA NORMATIVO QUE REGULA LA OBLIGACIÓN DE LAS PERSONAS AGENTES ADUANALES DE PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN ANUAL DE SU EVOLUCIÓN PATRIMONIAL.

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Dos Tribunales Colegiados de Circuito de distintas regiones sustentaron criterios contradictorios al analizar si debe concederse la suspensión provisional solicitada por una persona agente aduanal, para que no declare anualmente su evolución patrimonial, como lo dispone la fracción XII del artículo 160 de la Ley Aduanera, en relación con la Regla 1.4.15. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y la Ficha de trámite 150/LA "Presentación de la información relativa a la evolución patrimonial de agentes aduanales". Un Tribunal Colegiado de Circuito negó la suspensión provisi...

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