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COMPETENCIA POR RAZÓN DE MATERIA PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO CUANDO SE RECLAME A LA COMISIÓN EJECUTIVA ESTATAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE JALISCO LA NEGATIVA U OMISIÓN DE PROPORCIONAR ASESORÍA JURÍDICA A UNA VÍCTIMA DENTRO DE UNA CARPETA DE INVESTIGACIÓN O DE UNA CARPETA ADMINISTRATIVA JUDICIAL. CORRESPONDE A UN JUZGADO DE DISTRITO ESPECIALIZADO O SEMIESPECIALIZADO EN MATERIA PENAL.
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al resolver en relación con la competencia por razón de materia para conocer de un juicio de amparo indirecto en el que se reclamó a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de Jalisco la omisión de brindar asesoría jurídica a personas que tenían el carácter de víctimas dentro de carpetas de investigación o de carpetas administrativas judiciales vinculadas con procedimientos penales. Mientras que uno determinó que correspondía conocer del asunto a un Juzgado de Distrito especializado e...
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