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Registro digital 2032813 · Tesis aislada · 12a. Época · I.4o.T.19 L (12a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN EN MATERIA LABORAL. DEBE EXCLUIRSE EL CÓMPUTO DEL PLAZO DE 4 MESES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA, PERIODO EN QUE EL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE SUSPENDIÓ SUS LABORES CON MOTIVO DE LA PANDEMIA OCASIONADA POR EL VIRUS SARS-COV-2 (COVID-19).

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona trabajadora demandó la reinstalación y el pago de diversas prestaciones derivadas del despido injustificado del que dijo fue objeto. La demandada opuso la excepción de prescripción en términos del artículo 113, fracción II, inciso a), de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. La Sala responsable determinó que la acción se encontraba prescrita, al haber transcurrido el plazo de 4 meses previsto en dicha norma; señaló que si bien suspendió labores debido a la emergencia sanitaria causada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), lo cierto es que la demanda debió...

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