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DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO DE LA DECLARATORIA GENERAL DE INCONSTITUCIONALIDAD. ES IMPROCEDENTE DESECHARLA POR EXTEMPORÁNEA, AL NO PREVER LA LEY DE AMPARO UN PLAZO PARA PRESENTARLA NI SER VÁLIDA LA APLICACIÓN POR ANALOGÍA DEL TÉRMINO PREVISTO PARA LA DEMANDA DE AMPARO.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona promovió denuncia por incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad 1/2018, al estimar que una autoridad administrativa emitió, con posterioridad a su entrada en vigor, un acto que presuntamente desconocía sus efectos vinculantes. El Juzgado de Distrito desechó la denuncia por extemporánea, al considerar aplicable por analogía el plazo de quince días previsto en los artículos 17 y 18 de la Ley de Amparo para la presentación de la demanda de amparo. Inconforme, el promovente interpuso recurso de inconformidad. Criterio jurídico: La denuncia por incumplimi...
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