TRABAJADORA EMBARAZADA. TIENE DERECHO, COMO PARTE DE UNA REPARACIÓN INTEGRAL, AL PAGO DE UNA INDEMNIZACIÓN EN PROTECCIÓN DE ELLA Y DE SU HIJO O HIJA, ANTE EL INCUMPLIMIENTO PATRONAL DE LAS OBLIGACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL Y LOS SERVICIOS DE SALUD DURANTE LA RELACIÓN LABORAL Y CAUTELARMENTE EN EL TRANSCURSO DEL PROCESO JURISDICCIONAL.
Texto de la tesis
Hechos: Una mujer trabajadora, entre otras prestaciones, demandó su reinstalación e inscripción retroactiva al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Sistema de Ahorro para el Retiro y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Adujo que su despido se debió a su condición de embarazo y solicitó se decretara a su favor, como medida cautelar, el mantenimiento de la seguridad social y el acceso a los servicios de salud. La Junta que conoció del asunto previno en dos ocasiones a la trabajadora para que ratificara su demanda y exhibiera la documentación debidamente firm...
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