IUSera
Registro digital 2032731 · Tesis aislada · 12a. Época · XX.1o.P.C.1 P (12a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y CIVIL DEL VIGESIMO CIRCUITO.

CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL POR VIDEOCONFERENCIA EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. LA ADSCRIPCIÓN DE LA PERSONA JUZGADORA DE ENJUICIAMIENTO A UN DISTRITO JUDICIAL DIVERSO Y LA DISTANCIA ENTRE SEDES SON CAUSAS INSUFICIENTES PARA JUSTIFICARLA.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona promovió amparo directo contra la sentencia definitiva de segunda instancia que confirmó su condena por el delito de fraude. En suplencia de la queja, el Tribunal Colegiado de Circuito advirtió que la audiencia de juicio oral se celebró mediante videoconferencia, con fundamento en un acuerdo emitido por el Consejo de la Judicatura local. Ello, porque el Juez de Enjuiciamiento designado para presidirla se encontraba adscrito a un Distrito Judicial diverso al de la sede del Tribunal de Enjuiciamiento, y debido a la distancia existente entre ambas sedes, sin que se justificara...

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