IUSera
Registro digital 2032677 · Tesis aislada · 12a. Época · VII.2o.T.20 L (12a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD PREVISTO EN EL ARTÍCULO 899-C, FRACCIÓN VI, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. DEBE CUMPLIRSE AUN CUANDO EL JUICIO LABORAL SE TRAMITE EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, POR DEMANDARSE PRESTACIONES MIXTAS RECLAMABLES EN LAS VÍAS ORDINARIA Y ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona trabajadora demandó el cumplimiento de prestaciones mixtas desvinculadas entre sí: por una parte, reclamó directamente de la fuente de trabajo el pago de la indemnización constitucional, salarios caídos, vacaciones y prima vacacional, aguinaldo, entre otras; y por otra, prestaciones de seguridad social al Instituto Mexicano del Seguro Social. El Tribunal Laboral Federal ordenó la tramitación del juicio en la vía de procedimiento ordinario, no obstante, requirió a la actora a fin de que cumpliera con el requisito de procedibilidad previsto por el artículo referido. Ante la f...

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