RECURSO DE REVISIÓN FISCAL. LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE LO CONTENCIOSO DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR, ADSCRITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE NORMATIVIDAD Y ASUNTOS CONTENCIOSOS, TIENE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONERLO EN REPRESENTACIÓN DE LA COORDINADORA ADMINISTRATIVA U OPERATIVA DE LA COORDINACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL BIENESTAR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PERMANENTE DE LA DELEGACIÓN DE PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO EN EL ESTADO DE GUANAJUATO.
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si el director de lo Contencioso de la Secretaría de Bienestar está legitimado para interponer el recurso de revisión fiscal contra la sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ante el que se demandó la nulidad de la respuesta negativa a la solicitud de incorporación al Programa de Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente. Mientras que uno consideró que sí está legitimado por ser la unidad administrativa encargada de la defensa jurídica de...
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