DERECHOS DE AUTOR. LA COMUNICACIÓN PÚBLICA DE OBRAS AUDIOVISUALES RADIODIFUNDIDA POR TELEVISIÓN ABIERTA Y RETRANSMITIDA EN TELEVISIÓN RESTRINGIDA EN FORMA ÍNTEGRA, SIMULTÁNEA Y SIN MODIFICACIONES, NO ACTUALIZA LA INFRACCIÓN EN MATERIA DE COMERCIO PREVISTA EN EL ARTÍCULO 231, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona moral dedicada a la prestación de servicios hoteleros demandó la nulidad de la sanción impuesta por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial en la que declaró administrativamente la infracción en materia de comercio prevista en el artículo citado, por difundir contenidos audiovisuales en las habitaciones de su hotel, pues constituye una comunicación pública de la obra sin autorización previa o expresa del autor. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró su nulidad, pero consideró que sí se actualizaban los supuestos del precepto citado. Contra esa decis...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, su resumen en lenguaje claro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.