IUSera
Registro digital 2032628 · Tesis aislada · 12a. Época · (II Región)1o.2 K (12a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA SEGUNDA REGION, CON RESIDENCIA EN SAN ANDRES CHOLULA, PUEBLA.

MUJERES INDÍGENAS EN EL JUICIO DE AMPARO. CUANDO ADUZCAN QUE EL ACTO RECLAMADO AFECTA UNA PRÁCTICA ANCESTRAL VINCULADA CON SUS USOS Y COSTUMBRES, DEBE DESIGNÁRSELES INTÉRPRETE Y ORDENARSE EL DESAHOGO DE LAS PRUEBAS NECESARIAS PARA JUZGAR CON PERSPECTIVA DE INTERCULTURALIDAD, EN ATENCIÓN A SU SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD INTERSECCIONAL.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Diversas mujeres autoadscritas a un pueblo indígena promovieron amparo indirecto contra la orden de autoridades administrativas municipales de retirarlas del espacio público donde vendían plantas medicinales y la omisión de reubicarlas para que continuaran con esa actividad. En la ampliación de su demanda argumentaron la omisión de promover, impulsar e instrumentar acciones para garantizar su derecho a continuarla, la cual es de carácter ancestral y promueve su derecho a la libre autodeterminación. El Juzgado de Distrito sobreseyó respecto de algunos actos, negó el amparo a algunas que...

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