PRESUNCIÓN DE INEXISTENCIA DE OPERACIONES. SI LA PERSONA CONTRIBUYENTE NO ESTÁ OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD, TAMPOCO LE ES EXIGIBLE QUE ACREDITE LA MATERIALIDAD DE SUS OPERACIONES.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona promovió juicio contencioso administrativo federal contra la resolución del Servicio de Administración Tributaria mediante la cual se le determinó un crédito fiscal por concepto de impuesto sobre la renta. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró su nulidad. Contra esa decisión la autoridad fiscal interpuso revisión fiscal. Argumentó que si bien la persona contribuyente no tenía la obligación de llevar contabilidad, sí debía conservar la documentación con la que acreditara la materialidad de las operaciones que la llevaron a obtener sus ingresos. Criterio jurí...
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