IUSera
Registro digital 2032537 · Tesis aislada · 12a. Época · I.16o.C.15 C (12a.) · DECIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

SEGURO DE VIDA VINCULADO A UN CRÉDITO HIPOTECARIO. CUANDO EL ACREEDOR ES BENEFICIARIO PREFERENTE, DEBE AGOTAR LA ACCIÓN DERIVADA DEL CONTRATO DE SEGURO ANTES DE EJERCER LA ACCIÓN HIPOTECARIA CONTRA LA SUCESIÓN DEL DEUDOR.

Civil y Familiar Financiero y Bancario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una institución financiera otorgó un crédito hipotecario cuyo acreditado contrató, como garantía adicional, un seguro de vida en el que designó a la acreditante como beneficiaria preferente e irrevocable mientras existiera saldo insoluto. Ante el fallecimiento del deudor, el banco promovió juicio especial hipotecario contra la sucesión sin reclamar de forma previa el pago a la aseguradora. La persona juzgadora de origen declaró procedente la acción. Inconforme, la sucesión promovió amparo directo, donde argumentó que, al existir un seguro vigente, el acreedor debía reclamar el pago de...

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