IUSera
Registro digital 2032519 · Tesis aislada · 12a. Época · I.16o.C.2 K (12a.) · DECIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

EXPEDIENTE ELECTRÓNICO EN EL AMPARO. LA INCORPORACIÓN POSTERIOR DEL ACTA DE AUDIENCIA CONSTITUCIONAL AL SISTEMA DIGITAL, CUANDO ÉSTA SE ENCUENTRA AUTENTICADA, NO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN PROCESAL TRASCENDENTE QUE GENERE UN ESTADO DE INDEFENSIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona quejosa interpuso recurso de revisión contra la sentencia que le negó el amparo indirecto. Argumentó la existencia de una irregularidad formal, consistente en la falta de coincidencia íntegra entre el expediente físico y el electrónico, debido a que el acta de la audiencia constitucional no se encontraba inicialmente incorporada en este último ni certificada su correspondencia con el expediente físico, lo que había generado un estado de indefensión y la violación a los principios de certeza y de seguridad jurídica. Criterio jurídico: La incorporación posterior del acta de a...

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