IUSera
Registro digital 2032479 · Jurisprudencia · 12a. Época · PR.A.C.CS. J/11 K (12a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO. NO LO CONSTITUYE LA RESOLUCIÓN DE SEGUNDA INSTANCIA QUE ORDENA REPONER EL PROCEDIMIENTO POR ACTUALIZARSE LITISCONSORCIO NECESARIO, POR EL SOLO HECHO DE QUE LA PARTE QUEJOSA SEA UNA PERSONA ADULTA MAYOR DE EDAD MUY AVANZADA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si la resolución de segunda instancia que revoca la sentencia definitiva y ordena reponer el procedimiento por actualizarse litisconsorcio necesario constituye un acto de imposible reparación para efectos de la procedencia del amparo indirecto, cuando la parte quejosa es una persona adulta mayor de edad muy avanzada. Mientras que uno consideró que sí procede, porque la reposición podía afectar materialmente su derecho a la tutela jurisdiccional; el otro sostuvo que no, al estimar que l...

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