IUSera
Registro digital 2032474 · Tesis aislada · 12a. Época · III.7o.A.6 A (12a.) · SEPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA INCLUSIÓN EN LA LISTA DE PERSONAS BLOQUEADAS QUE EMITE LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (ARTÍCULO 129, FRACCIÓN XIV, DE LA LEY DE AMPARO VIGENTE A PARTIR DEL 17 DE OCTUBRE DE 2025).

Constitucional y Amparo Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un amparo indirecto una persona moral interpuso recurso de queja contra la resolución que le negó la suspensión provisional solicitada contra la inclusión en la lista de personas bloqueadas a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito que emite la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Argumentó que no existen elementos objetivos que acrediten que con su concesión se contravienen disposiciones de orden público y se afecta el interés social. Criterio jurídico: Es improcedente la suspensión provisional contra la incl...

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