OMISIÓN DEL JUZGADO DE DISTRITO DE REQUERIR AL REPRESENTANTE ESPECIAL DE MENORES DE EDAD DESIGNADO EN EL AMPARO INDIRECTO PARA QUE REALICE MANIFESTACIONES EN RELACIÓN CON EL RECURSO DE REVISIÓN INTERPUESTO. CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN PROCESAL QUE AMERITA LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
Texto de la tesis
Hechos: La persona juzgadora de Distrito que conoció del amparo indirecto promovido por el padre de 2 personas menores de edad les nombró un representante especial al advertir que existían intereses contradictorios entre sus progenitores, quienes eran parte en ese juicio. Contra la sentencia el padre interpuso recurso de revisión. Al darle trámite el Juzgado de Distrito omitió dar vista al representante especial. Criterio jurídico: El Juzgado de Distrito, con el escrito de expresión de agravios presentado por uno o ambos progenitores, debe dar vista al representante especial de los menores de...
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