UNIVERSIDADES PRIVADAS. LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA EDUCATIVA Y LA EXPEDICIÓN DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR NO CONLLEVAN LA INAPLICABILIDAD DE LA TESIS JURISPRUDENCIAL 2A./J. 65/2018 (10A.), PARA DETERMINAR SI LA BAJA DE UNA PERSONA ALUMNA O LA NEGATIVA A INSCRIBIRLA A UNA ASIGNATURA QUE OFERTA EN SU PROGRAMA ACADÉMICO CONSTITUYE UN ACTO DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO.
Texto de la tesis
Hechos: Diversas personas alumnas de una universidad privada promovieron amparo indirecto contra su negativa de inscribirlas en una de las materias del programa académico que oferta, así como por sus bajas definitivas. El Juzgado de Distrito desechó la demanda al considerar que la institución no es una autoridad para efectos del juicio de amparo, ya que su relación con las quejosas es de naturaleza contractual. Contra esa decisión interpusieron recurso de queja. Argumentaron que es inaplicable la tesis jurisprudencial citada de la extinta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naci...
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