IUSera
Registro digital 2032433 · Tesis aislada · 12a. Época · XXVII.1o.1 K (12a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

RECURSO DE RECLAMACIÓN. ES IMPROCEDENTE CONTRA EL AUTO DE PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO QUE ACEPTA O DECLINA CONOCER DE UN ASUNTO POR CUESTIÓN DE CAMBIO DE TURNO ADMINISTRATIVO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Una persona física promovió amparo directo contra la sentencia dictada en un recurso de apelación derivado de un juicio ordinario civil. Una vez recibidos los autos, el Tribunal Colegiado de Circuito determinó que por turno administrativo debía de conocer un diverso homólogo. Posteriormente, recibidas las constancias el órgano jurisdiccional decidió aceptar el cambio de turno y avocarse al conocimiento del asunto. Inconforme con esa determinación la parte quejosa interpuso recurso de reclamación. Criterio jurídico: Es improcedente el recurso de reclamación contra el auto de Presidencia...

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