IUSera
Registro digital 2032414 · Tesis aislada · 12a. Época · I.10o.C.10 C (12a.) · DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE GASTOS Y COSTAS EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL ORAL. SU ADMISIÓN DEBE NOTIFICARSE DE MANERA PERSONAL, AL CONSTITUIR UN PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO AUTÓNOMO E INDEPENDIENTE, Y EQUIPARARSE CON EL EMPLAZAMIENTO A JUICIO.

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En la etapa de ejecución de sentencia de un juicio ejecutivo mercantil oral, en el que se condenó a la parte actora al pago de gastos y costas, la demandada promovió el incidente de liquidación respectivo, cuya admisión se notificó por boletín judicial. Inconforme, la actora interpuso incidente de nulidad de emplazamiento, al considerar que debió ser notificado de forma personal. Sin embargo, el Juez de origen lo declaró infundado y resolvió la procedencia del incidente condenando al actor al pago correspondiente. Ante ello, promovió amparo indirecto, mismo que le fue negado al estimar...

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