IUSera
Registro digital 2032395 · Tesis aislada · 12a. Época · VI.1o.P.2 P (12a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL EN EL DELITO DE FRAUDE GENÉRICO. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA QUE OPERE INICIA A PARTIR DE QUE LA PERSONA OFENDIDA O QUIEN ESTÉ FACULTADA LEGALMENTE PARA PRESENTAR LA QUERELLA, TENGA CONOCIMIENTO DEL HECHO ILÍCITO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona sentenciada por la comisión del delito de fraude genérico continuado promovió amparo directo contra la sentencia de segunda instancia que modificó la condenatoria dictada en primera instancia. Como concepto de violación sostuvo que la acción penal se encontraba prescrita, al señalar que los contratos de promesa de compraventa que dieron origen al fraude tenían más de dos años de haberse celebrado, sin que las víctimas hubieran formulado las querellas correspondientes. Criterio jurídico: El cómputo del plazo de prescripción de la acción penal en el delito de fraude genérico...

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