IUSera
Registro digital 2032360 · Jurisprudencia · 12a. Época · P./J. 161/2026 (12a.) · Pleno

AMPARO DIRECTO EN MATERIA PENAL. EL PLAZO PARA PROMOVERLO, CUANDO SE RECLAMA UNA RESOLUCIÓN EN LA QUE EL TRIBUNAL DE ALZADA RECLASIFICA EL DELITO Y DEVUELVE LOS AUTOS AL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO PARA LA INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PENAS, ES EL GENÉRICO DE 15 DÍAS.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona fue acusada por el delito de homicidio calificado por ventaja en grado de tentativa. En la audiencia de juicio la persona Juzgadora de Enjuiciamiento reclasificó el ilícito por el diverso de lesiones que ponen en peligro la vida. Inconforme, la víctima interpuso recurso de nulidad, previsto en el Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California, vigente en la época de los hechos. En la apelación se modificó la sentencia recurrida, se condenó por el delito de homicidio calificado por ventaja en grado de tentativa y se ordenó remitir los autos al Tribunal de...

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