IUSera
Registro digital 2032349 · Jurisprudencia · 12a. Época · PR.A.C.CN. J/49 A (12a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

RECURSO DE QUEJA. NO PROCEDE REENCAUZARLO AL DE INCONFORMIDAD CUANDO SE INTERPONE EN LA ETAPA DE CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DE AMPARO CONTRA LA MULTA IMPUESTA A UNA PERSONA FÍSICA QUE DEJÓ DE TENER EL CARÁCTER DE AUTORIDAD RESPONSABLE.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si procede reencauzar la vía cuando se interpone el recurso de queja contra la determinación que negó dejar sin efectos la multa impuesta en la etapa de cumplimiento de una sentencia de amparo, por parte de una persona física que dejó de tener el carácter de autoridad responsable, al ser procedente el de inconformidad. Mientras que uno ordenó reencauzarla porque lo relevante para otorgar el trámite correcto no es la denominación del recurso, sino que se advierta con claridad la resoluc...

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