IUSera
Registro digital 2032345 · Tesis aislada · 12a. Época · VI.3o.A.2 A (12a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EN MATERIA AGRARIA. ES IMPROCEDENTE CUANDO LA PERSONA PROMOVENTE ACREDITA QUE YA OSTENTABA DERECHOS AGRARIOS SOBRE LA PARCELA RESPECTIVA.

Civil y Familiar Agrario y Rural
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona demandó el reconocimiento de que había operado en su favor la prescripción adquisitiva sobre una parcela de la que ya figura como titular reconocido en el Registro Agrario Nacional derivado de un contrato de enajenación de derechos parcelarios y, en consecuencia, que se ordenara al propio Registro que mantuviera la inscripción y vigencia del certificado parcelario a su nombre. El Tribunal Unitario Agrario declaró que acreditó los elementos constitutivos de su acción. Criterio jurídico: Es improcedente la prescripción adquisitiva cuando la persona promovente acredita mediant...

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