IUSera
Registro digital 2032299 · Jurisprudencia · 12a. Época · VII.2o.T. J/4 L (12a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

PETRÓLEOS MEXICANOS. A PARTIR DEL 19 DE MARZO DE 2025 DEBE ASUMIR LA RESPONSABILIDAD DE LOS JUICIOS LABORALES DONDE FIGURABAN COMO PARTE DEMANDADA LAS ENTONCES EMPRESAS SUBSIDIARIAS DENOMINADAS PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL Y PEMEX LOGÍSTICA.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Personas trabajadoras demandaron de Petróleos Mexicanos y de las referidas empresas productivas subsidiarias el reconocimiento de riesgos de trabajo, así como el pago de las indemnizaciones correspondientes. En los puntos resolutivos de los laudos, la Junta de Conciliación y Arbitraje condenó a las dos empresas demandadas, aun cuando en sus considerandos estableció que sólo Pemex Exploración y Producción asumió la responsabilidad laboral como patrón al contestar la demanda. Las personas apoderadas de las empresas demandadas promovieron amparo directo contra dichas determinaciones. Crit...

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