IUSera
Registro digital 2032285 · Jurisprudencia · 12a. Época · P./J. 142/2026 (12a.) · Pleno

COMPETENCIA POR TERRITORIO EN EL AMPARO DIRECTO. CORRESPONDE AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL DOMICILIO DE LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE QUE DICTÓ EL PRIMER LAUDO RECLAMADO, AUNQUE CON POSTERIORIDAD SE HAYA MODIFICADO SU COMPETENCIA O SUPRIMIDO MEDIANTE ACUERDO ADMINISTRATIVO.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Plenos Regionales contendientes sustentaron criterios contradictorios al resolver conflictos competenciales, en los que analizaron la competencia por razón de territorio de Tribunales Colegiados de Circuito para conocer del juicio de amparo directo contra laudos dictados por Juntas laborales que, con posterioridad a la presentación de la demanda, se modificó su competencia o fueron suprimidas mediante acuerdos administrativos. Mientras que uno determinó que corresponde al que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Junta emisora del laudo reclamado; el otro sostuvo que lo es el d...

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