IUSera
Registro digital 2032270 · Jurisprudencia · 12a. Época · P./J. 131/2026 (12a.) · Pleno

PROTESTA EN LA VÍA PÚBLICA. INTERPRETACIÓN CONFORME DEL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 110 DE LA LEY NÚMERO 176, DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL PARA EL ESTADO DE SONORA.

Transporte y Comunicaciones Derechos Humanos
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Texto de la tesis

Hechos: La Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió acción de inconstitucionalidad, entre otros, contra el párrafo primero del artículo 110 de la Ley número 176, de Movilidad y Seguridad Vial para el Estado de Sonora, publicada el 5 de enero de 2024, el cual establecía la obligación de dar aviso a la autoridad municipal con al menos setenta y dos horas de anticipación para la realización de manifestaciones en la vía pública. La accionante sostuvo que dicho aviso podía operar como un mecanismo de control previo y generar incertidumbre sobre la licitud del ejercicio del derecho a la pr...

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