COMPRAVENTA DE INMUEBLES. EL ARTÍCULO 7.581 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO NO VIOLA EL PRINCIPIO DE IGUALDAD.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio ordinario civil, la parte compradora de un inmueble demandó de la parte vendedora, entre otras prestaciones, el cumplimiento del contrato de promesa de compraventa, así como el pago de las penas relacionadas con su celebración. En la sentencia de primera instancia, por un lado, se absolvió a la vendedora de las prestaciones reclamadas y se declaró procedente la acción reconvencional de rescisión y, por el otro, se condenó a la actora al pago de la pena convencional, intereses moratorios, gastos y costas, pero se le otorgó el beneficio previsto en el artículo 7.581 del Códi...
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