IUSera
Registro digital 2032215 · Tesis aislada · 12a. Época · (IV Región)2o.1 A (12a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGION, CON RESIDENCIA EN XALAPA, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.

AMPARO INDIRECTO. CUANDO SE INVOLUCREN DERECHOS DE PERSONAS QUE SE AUTOADSCRIBAN COMO INDÍGENAS Y HABLEN UNA LENGUA DIVERSA AL ESPAÑOL, SE LES DEBE ASIGNAR UN INTÉRPRETE Y UN DEFENSOR CON CONOCIMIENTO DE SU LENGUA, CULTURA Y DERECHO INDÍGENA, A EFECTO DE GARANTIZAR SU ACCESO A LA JUSTICIA.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona, quien se autoadscribió como indígena y hablante de una lengua nativa, promovió amparo indirecto contra la omisión y negativa de diversas autoridades de inscribirla al Programa Pensión Mujeres Bienestar, dirigido a la población femenina adulta de 60 a 64 años, con residencia en localidades o Municipios indígenas o afromexicanos. El Juzgado de Distrito admitió a trámite la demanda y estimó que en ese momento no era necesario pronunciarse sobre la designación de un intérprete que la asistiera. Posteriormente sobreseyó el juicio. Argumentó que las autoridades responsables nega...

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