IUSera
Registro digital 2032122 · Jurisprudencia · 12a. Época · P./J. 73/2026 (12a.) · Pleno

CANCELACIÓN DE LICENCIA PARA CONDUCIR. LA PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 168 Y 26, FRACCIÓN XXX, DE LA LEY DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL DEL ESTADO DE PUEBLA, ES INCONSTITUCIONAL.

Constitucional y Amparo Transporte y Comunicaciones
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Texto de la tesis

Hechos: La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla promovió acción de inconstitucionalidad contra los artículos referidos de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, publicada el 5 de diciembre de 2023, que establecen como sanción administrativa la cancelación de la licencia para conducir, sin que se pueda expedir una nueva hasta en 10 años. Criterio jurídico: La sanción a la que se refiere el sistema previsto en los artículos 168 y 26, fracción XXX, de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, es inconstitucional, porque la cancelación de la licenc...

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