IUSera
Registro digital 2032103 · Jurisprudencia · 12a. Época · P./J. 64/2026 (12a.) · Pleno

PENSIÓN POR ASCENDENCIA. ES POSIBLE OTORGARLA AL FAMILIAR QUE FUNGIÓ COMO PROGENITOR DE UNA PERSONA TRABAJADORA FALLECIDA, EN ATENCIÓN A LOS DERECHOS A LA IGUALDAD Y A LA PROTECCIÓN DE LA FAMILIA.

Laboral y Seguridad Social Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una mujer solicitó la pensión de ascendencia prevista en el contrato colectivo de trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), bajo el argumento de que ella y su sobrino, el trabajador fallecido, vivieron juntos como "madre e hijo" durante más de cuatro décadas y que en los últimos años había dependido económicamente de él. Si bien inicialmente se le otorgó dicha prestación, el IMSS promovió un juicio de amparo, el cual le fue concedido al concluir que, de acuerdo con la normatividad de ese Instituto, no era posible otorgarle la pensión a una persona que no fuera ascendient...

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