RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN EL ARTÍCULO 102 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. PROCEDE CONTRA EL ACUERDO QUE DESECHA LA QUEJA INTERPUESTA POR ACTOS ATRIBUIDOS A UN ÓRGANO JURISDICCIONAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE PUEBLA.
Texto de la tesis
Hechos: La persona consejera titular de la primera ponencia del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla, con fundamento en el artículo 12, inciso b), del Acuerdo General del Pleno del propio Consejo, por el que establece las disposiciones en Materia de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Periódico Oficial local el 10 de noviembre de 2023, desechó por improcedente la queja presentada por una persona por actos atribuidos a un juzgado de esa entidad federativa. Contra ese acuerdo, emitido con anterioridad a la fase de investigación, la parte recurrente inte...
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