COMPETENCIA PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA LA DEVOLUCIÓN DE VEHÍCULO ORDENADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO Y EL COBRO POR SERVICIOS DE GRÚAS REALIZADO POR UNA EMPRESA CONCESIONARIA EN SU AUXILIO. CORRESPONDE INICIALMENTE AL JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA PENAL, QUIEN UNA VEZ AGOTADA SU JURISDICCIÓN, SI LA RESOLUCIÓN ES ADVERSA A LOS INTERESES DE LA PERSONA QUEJOSA, DEBE ESCINDIR LA DEMANDA Y REMITIRLA AL ESPECIALIZADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA O SEMIESPECIALIZADO PARA EL ANÁLISIS DEL COBRO.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona promovió amparo indirecto contra: 1) la forma en la que el Ministerio Público ordenó la devolución de su vehículo –recuperado tras la comisión del delito de robo–, y 2) el cobro efectuado por una empresa concesionaria de grúas por servicios de abanderamiento, corralón y arrastre, entre otros. El asunto fue turnado al Juzgado de Distrito semiespecializado en Materia Administrativa, quien declinó la competencia por razón de la materia. Estimó que los actos reclamados derivan de una carpeta de investigación, por lo que son de naturaleza penal. El Juzgado de Distrito en Materia...
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