IUSera
Registro digital 2032029 · Tesis aislada · 12a. Época · I.6o.C.1 C (12a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD (CFE). ES IMPROCEDENTE SU LLAMAMIENTO A JUICIO COMO LITISCONSORTE PASIVO NECESARIO O TERCERO CUANDO SE EJERCE UNA ACCIÓN INDEMNIZATORIA CONTRA LA ASEGURADORA DE DICHO ORGANISMO POR EL CUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO DE SEGURO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 147 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.

Financiero y Bancario Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En la vía ordinaria civil, la sucesora de una víctima fallecida con motivo de una descarga eléctrica de las líneas de distribución de energía eléctrica, demandó a la aseguradora de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) la indemnización determinada en el contrato de seguro contra responsabilidad civil objetiva, en términos del artículo referido. Al contestar la demanda la aseguradora señaló que la parte actora debió enderezar su acción contra la CFE para que fuera oída y vencida en juicio, por ser ella a quien le imputaba la responsabilidad del daño. En primera instancia se condenó...

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