IUSera
Registro digital 2032025 · Tesis aislada · 12a. Época · VI.3o.A.18 A (12a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

ACTA CIRCUNSTANCIADA LEVANTADA CON MOTIVO DE OPERATIVOS DE SUPERVISIÓN A EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA. NO CONSTITUYE UN ACTO DE MOLESTIA QUE REQUIERA ORDEN ESCRITA, NO ES UNA PRUEBA ILÍCITA, NI ES EQUIPARABLE A UNA VISITA DE VERIFICACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

Constitucional y Amparo Seguridad Pública y Nacional
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: La Dirección General de Seguridad Privada de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Puebla ordenó la práctica de una visita de verificación a una empresa de seguridad privada, derivada del acta circunstanciada elaborada con motivo del operativo de revisión para detectar a las que no contaran con la cédula de autorización o revalidación correspondientes. Para ello, personas servidoras públicas adscritas a aquélla se entrevistaron con una persona que se encontraba en la caseta de vigilancia de un fraccionamiento, a quien le formularon preguntas en la vía pública so...

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