IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS. ES ILEGAL LA EXIGENCIA DE ACREDITAR CON COMPROBANTES FISCALES LA ADQUISICIÓN DE INSUMOS Y/O EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD AGROPECUARIA O SILVÍCOLA PARA ACCEDER AL ESTÍMULO FISCAL POR COMPRA DE DIÉSEL, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 16, APARTADO A, FRACCIÓN III, DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2023.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona promovió juicio contencioso administrativo federal contra la negativa de devolución del impuesto especial sobre producción y servicios pagado por la adquisición de diésel, solicitada conforme al estímulo fiscal previsto en el artículo citado. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró su nulidad. Estimó que los requisitos exigidos por la autoridad, consistentes en exhibir comprobantes de adquisición de insumos o información y documentos para demostrar las actividades de siembra, cultivo y cosecha de maíz grano y de caña de azúcar, origen del consumo de diésel, s...
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