IUSera
Registro digital 2031969 · Jurisprudencia · 12a. Época · P./J. 38/2026 (12a.) · Pleno

JUSTICIA CÍVICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. EL ARTÍCULO 32 DE LA LEY RELATIVA ES INCONSTITUCIONAL, AL ESTABLECER LA APLICACIÓN SUPLETORIA DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia Seguridad Pública y Nacional
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Texto de la tesis

Hechos: La Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió acción de inconstitucionalidad contra el artículo referido, el cual prevé la aplicación supletoria del Código Nacional de Procedimientos Penales al procedimiento de justicia cívica local. Estimó que viola el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad, porque no es viable que el legislador local establezca esa supletoriedad, debido al carácter de norma de aplicación directa en toda la República Mexicana y porque su objetivo exclusivo es regular el proceso penal. Criterio jurídico: El artículo 32 de la Ley Estatal de...

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