IUSera
Registro digital 2031967 · Jurisprudencia · 12a. Época · P./J. 42/2026 (12a.) · Pleno

INTERESES MORATORIOS. LA SUSPENSIÓN DE LAS ACTIVIDADES JURISDICCIONALES Y DE LOS PLAZOS PROCESALES DECRETADA CON MOTIVO DE LA PANDEMIA ORIGINADA POR EL VIRUS SARS-COV-2, NO IMPLICA QUE DEJEN DE GENERARSE.

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio ordinario civil federal se condenó a la parte demandada al pago del monto adeudado con motivo del incumplimiento de un contrato de prestación de servicios de seguridad y vigilancia, así como los intereses moratorios correspondientes. En la etapa de ejecución, la parte actora promovió incidente de liquidación de intereses. La parte obligada alegó que durante el periodo en que se suspendieron las actividades jurisdiccionales y los plazos procesales a causa de la contingencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV-2, no debieron computarse intereses moratorios, a fin de pr...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.