IUSera
Registro digital 2031930 · Tesis aislada · 12a. Época · I.24o.A.4 A (11a.) · VIGÉSIMO CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

PROCEDIMIENTOS DE QUEJA POR ACTOS DE TORTURA. LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (CNDH) DEBE ORDENAR LA REALIZACIÓN DEL DICTAMEN MÉDICO-PSICOLÓGICO BAJO LOS LINEAMIENTOS DEL PROTOCOLO DE ESTAMBUL.

Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Un exservidor público de la entonces Procuraduría General de la República presentó queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por actos de tortura cometidos en su perjuicio por funcionarios de la propia Procuraduría y de la Agencia Federal de Investigaciones. Solicitó que se le practicara el Dictamen Médico-Psicológico bajo los lineamientos del Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Protocolo de Estambul). Se desechó la queja al estimar que no se contaba con los elementos suficient...

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