IUSera
Registro digital 2031871 · Jurisprudencia · 12a. Época · P./J. 14/2026 (12a.) · Pleno

SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. EL ARTÍCULO 108, FRACCIÓN I, DE LA LEY RELATIVA, QUE PREVÉ LA DESTITUCIÓN COMO SANCIÓN ADMINISTRATIVA, FORMA PARTE DE UN SISTEMA NORMATIVO PROPORCIONAL.

Seguridad Pública y Nacional Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: La Comisión de Honor y Justicia de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México destituyó de su cargo a una persona integrante de la Policía Preventiva dependiente de esa institución, al actualizarse el supuesto previsto en el artículo 108, fracción I, de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de esa entidad federativa. Lo anterior, por haberse ausentado del servicio más de cinco días dentro de un término de treinta días naturales sin justificar sus inasistencias. El Tribunal de Justicia Administrativa local confirmó en apelación la sentencia emitida en el juicio cont...

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