DERECHOS POR REVALIDACIÓN DE PERMISOS EN EL RAMO DE ALCOHOLES. LOS ARTÍCULOS 20, INCISO B), FRACCIÓN III, DE LA LEY DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025 Y 21, FRACCIÓN IX, Y 27 DE LA LEY QUE REGULA LOS ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A LA PRODUCCIÓN, ALMACENAMIENTO, DISTRIBUCIÓN Y ENAJENACIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, AMBAS DEL ESTADO DE NAYARIT, VIOLAN EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona promovió amparo indirecto contra los citados preceptos. Alegó que no establecen de manera expresa y precisa la época de pago de la contribución por concepto de revalidación anual de permisos de alcoholes, por lo que violan el principio de legalidad tributaria. El Juzgado de Distrito negó la protección constitucional. Argumentó que aunque los preceptos reclamados no prevean con claridad la época de pago, ello no genera perjuicio a la persona quejosa, porque no se le impuso sanción con motivo de esa incertidumbre. Criterio jurídico: Los artículos 21, fracción IX, y 27 de la L...
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