CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DE AMPARO DIRECTO. COMPETENCIA DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL COLEGIADO PARA PRONUNCIARSE SOBRE LA DENUNCIA DE REPETICIÓN DEL ACTO RECLAMADO.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona moral interpuso denuncia de repetición del acto reclamado en relación con la ejecutoria emitida en un amparo directo. El Pleno del Tribunal Colegiado de Circuito resolvió el incidente respectivo y determinó que no se configuraba la repetición del acto reclamado. En desacuerdo con dicha resolución la persona moral quejosa interpuso recurso de inconformidad, el cual fue enviado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Criterio jurídico: El Magistrado Presidente del Tribunal Colegiado de Circuito que conozca de un incidente de repetición del acto reclamado es el competente...
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