DOBLE PAGO. NO SE ACTUALIZA CUANDO EL COBRO DE RENTAS SE ORIGINA CON MOTIVO DE LA CONDENA EN UN JUICIO ORAL DE ARRENDAMIENTO Y LAS QUE RESULTAN DE LA CUANTIFICACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE UN JUICIO DE AMPARO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).
Texto de la tesis
Hechos: En amparo directo se concedió la suspensión y se fijó una cantidad a fin de garantizar los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a la parte tercera interesada. Para cuantificarlos se consideraron las posibles rentas del inmueble. Tras negarse el amparo, la tercera interesada promovió incidente para reclamar los daños y perjuicios generados con motivo de la suspensión, en el cual se condenó al quejoso a su pago. Inconforme, interpuso recurso de queja en el que alegó que el pago de las rentas fue demandado en el juicio oral de arrendamiento de origen, por lo que los daños y perjuic...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.