COMPETENCIA POR MATERIA PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA EL APERCIBIMIENTO O LA IMPOSICIÓN DE LA MULTA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 66 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO. CORRESPONDE A UN JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.
Texto de la tesis
Hechos: Dos Juzgados de Distrito en Materias Administrativa y Civil, respectivamente, refirieron carecer de competencia para conocer de la demanda de amparo indirecto en la que una persona secretaria de Acuerdos reclamó del titular del juzgado de su adscripción la imposición de una multa y el apercibimiento de aplicar otra, conforme al artículo referido. Mientras que uno consideró que es competente el Juzgado de Distrito en Materia Administrativa en atención a la naturaleza del acto; el otro estableció que lo es el de Materia Civil, ya que el acto y la autoridad jurisdiccional corresponden a e...
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