SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN AMPARO INDIRECTO. AL PROVEER SOBRE SU CONCESIÓN CONTRA LA NORMATIVA QUE PUEDA AFECTAR LA PARTERÍA TRADICIONAL ES INDISPENSABLE VERIFICAR QUE SU REGULACIÓN SEA CUIDADOSA DE LA DIVERSIDAD CULTURAL, DE LA AUTONOMÍA Y DE LAS PRÁCTICAS ANCESTRALES DE LAS PERSONAS QUE LA PRACTICAN.
Texto de la tesis
Hechos: Un grupo de mujeres, algunas indígenas, otras autoadscritas como tales y una afrodescendiente, en calidad de personas gestantes o con capacidad de gestar, médicas tradicionales, parteras tradicionales, aprendices y promotoras de la partería tradicional, respectivamente, promovieron amparo indirecto contra la "Norma Oficial Mexicana NOM-020-SSA-2025, Para establecimientos de salud y el reconocimiento de la partería, en la atención integral materna y neonatal", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2025. Alegaron que viola sus derechos a la igualdad, a la no di...
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