IUSera
Registro digital 2031711 · Tesis aislada · 12a. Época · XXIII.2o.1 C (12a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO.

INTERDICTO DE RECUPERAR LA POSESIÓN. SÓLO PUEDE PROMOVERLO EL POSEEDOR ORIGINARIO O DERIVADO DE UN BIEN INMUEBLE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE ZACATECAS).

Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona que mantenía la posesión de una fracción de terreno y fue despojada de ella, por quien dijo tener autorización del titular de aquel inmueble, promovió interdicto de recuperar la posesión. En la sentencia de primera instancia se declaró infundada la acción, debido a que la parte actora no probó que tuviera la posesión originaria o derivada del inmueble. Contra ello interpuso recurso de apelación, en el que se confirmó la resolución impugnada. Inconforme, en amparo directo argumentó que el requisito relativo a que la acción debía ejercerla el poseedor originario o derivado so...

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