IUSera
Registro digital 2031710 · Tesis aislada · 12a. Época · (IV Región)2o.30 L (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGION, CON RESIDENCIA EN XALAPA, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.

INFECTOCONTAGIOSIDAD Y EMANACIONES RADIACTIVAS NO MÉDICAS. EL ÓRGANO JURISDICCIONAL DEBE ALLEGARSE OFICIOSAMENTE LAS PRUEBAS TÉCNICAS O DE INSPECCIÓN IDÓNEAS CUANDO LA PARTE TRABAJADORA DEMANDE EL PAGO POR DICHOS CONCEPTOS PERO OMITA OFRECER PRUEBAS QUE ACREDITEN EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES QUE LA EXPUSIERAN DE FORMA CONSTANTE Y PERMANENTE A TALES EMANACIONES.

Laboral y Seguridad Social Salud
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio laboral una persona trabajadora demandó el pago por el concepto 054 relativo a emanaciones radiactivas no médicas, previsto en el Reglamento de Infectocontagiosidad y Emanaciones Radiactivas, así como el sueldo y diversas prestaciones relacionadas. El Tribunal Laboral declaró improcedente la acción porque la parte actora no acreditó la exposición constante y permanente a emanaciones radiactivas. Inconforme con dicha determinación interpuso amparo directo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando la persona trabajadora demanda el pago por...

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