IUSera
Registro digital 2031681 · Jurisprudencia · 12a. Época · PR.A.C.CN. J/13 A (12a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA POR INACTIVIDAD PROCESAL. EL ARTÍCULO 57, FRACCIÓN V, DE LA LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE NUEVO LEÓN VIOLA EL DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCESO A LA JUSTICIA.

Procesal y Justicia Administrativo
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar la caducidad de la instancia por inactividad procesal prevista en el artículo referido. Mientras que unos estimaron que no opera cuando la inactividad es imputable al juzgador y que sancionar al actor por omisiones del tribunal viola la tutela judicial efectiva y el derecho de acceso a la justicia; el otro estimó que dicha figura es una medida válida de orden procesal; no vulnera el citado derecho, el cual implica también deberes de diligencia y colaboración procesal; el derecho de acc...

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