IUSera
Registro digital 2031678 · Jurisprudencia · 12a. Época · PR.A.C.CS. J/1 C (12a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

ALEGATOS EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL. LA PERSONA JUZGADORA NO ESTÁ OBLIGADA A TOMARLOS EN CONSIDERACIÓN AL DICTAR SENTENCIA.

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si en atención al principio de oralidad, al dictar sentencia en un juicio oral mercantil deben considerarse los alegatos formulados por las partes. Mientras que uno consideró que la falta de su estudio no resulta lesivo a la esfera jurídica de quien los formuló, ya que no forman parte de la litis; el otro sostuvo que no deben soslayarse en la sentencia, en atención a las características del proceso oral. Criterio jurídico: En el juicio oral mercantil la persona juzgadora, al dictar sen...

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