CONFLICTOS INDIVIDUALES DE SEGURIDAD SOCIAL. LAS PRUEBAS RELACIONADAS CON EL NÚMERO DE SEMANAS COTIZADAS PUEDEN OFRECERSE HASTA ANTES DEL CIERRE DE LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES, PRUEBAS Y RESOLUCIÓN, CONFORME AL ARTÍCULO 880, FRACCIÓN II, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 1 DE MAYO DE 2019).
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si en los conflictos individuales de seguridad social, en los que se solicita el otorgamiento y pago de una pensión, las pruebas relacionadas con periodos de cotización deben ofrecerse y exhibirse desde el escrito inicial, al versar sobre hechos base de la acción conforme al artículo 899-C de la Ley Federal del Trabajo, o si pueden aportarse hasta antes del cierre de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, pruebas y resolución, por encontrarse relacionadas con hechos contr...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.